cooperadoraXEl Ministerio de Educación, a través de la Secretaría de Equidad Educativa, brinda asesoramiento, acompañamiento y colaboración a los equipos directivos de las escuelas, a los fines que se regularice la situación de las cooperadoras escolares.

Mediante el programa Cooperadoras Escolares dependiente de la Dirección de Bienestar Estudiantil y Docente, se llevan a cabo mesas de diálogo con los directores cuyas escuelas posean una matrícula igual o superior a 50 alumnos, para escuchar las problemáticas que atraviesan, las inquietudes y los aportes en torno a la conformación de las cooperadoras y facilitarles los procesos administrativos de regularización y obtención de la Personería Jurídica, con miras a constituir un registro único de cooperadoras escolares.

Los supervisores  están  organizando grupos de hasta cinco directores para que participen de estos encuentros que se desarrollan en la Dirección de Bienestar Estudiantil y Docente, sita en calle Bariloche Nº 40 del barrio Norte, San Salvador de Jujuy.

Los directores de las escuelas podrán también solicitar atención al teléfono 388-154580970 en el horario de 7 a 13, con cinco días de anticipación, pudiendo optar por dos turnos: lunes, miércoles y viernes de 9 a 10:30 y de 11 a 12:30 o martes y jueves de 13 a 14:30 y de 15 a 16:30.

La directora de Bienestar Estudiantil y Docente, Ana Pantaleón, informó que hasta el 31 de julio de este año es necesario contar con la regularización de las cooperadoras escolares.

“En nuestro país, la educación estatal es gratuita y como tal se debe evitar confundir el pago de inscripción a una institución educativa estatal con el pago a la cooperadora escolar, ya que implican dos procesos diferentes. La inscripción asegura la continuidad del proceso de escolaridad de los alumnos y el pago a la cooperadora ofrece la oportunidad a los padres de ser parte activa en las instituciones de sus hijos”, precisó.

Recordó que la Ley N° 26.759 de Cooperadoras Escolares en el artículo primero dispone que “el Estado nacional, las provincias y la ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizan- conforme la Ley de Educación Nacional 26.206- la participación de las familias y de la comunidad educativa en las instituciones escolares en general y, en particular, a través de las cooperadoras escolares, como ámbito de participación de las familias en el proyecto educativo institucional a fin de colaborar en proceso educativo de los alumnos y alumnas”.

Por este motivo, agregó Pantaléon, el aporte de cooperadora instituye a cada padre, madre o tutor como socio activo de este órgano y le otorga la posibilidad de formar parte de la comisión y/o tener voz y voto en las asambleas. “Es necesario recordar que la cooperadora se conforma con los padres o tutores de los alumnos menores de edad; en el único caso que los alumnos pueden formar parte de las cooperadoras ocurre en aquellas escuelas donde los alumnos son adultos”, indicó.

Asimismo, en la Ley Provincial de Cooperadoras Escolares N° 5518 estipula en su artículo primero que todos los establecimientos educativos que integran el Sistema Educativo Provincial, de gestión pública o privada cuando fueren subsidiados por el Estado, deberán contar con una asociación cooperadora, de lo cual deviene la obligatoriedad de conformar y regularizar las cooperadoras escolares. Además, en el artículo segundo, se hace mención al objetivo y función de estas organizaciones, estableciendo que las asociaciones cooperadoras tendrán por objetivo general la ejecución de actividades que contribuyan a la formación integral de los alumnos, mediante la obtención y aplicación de medios adicionales a los que pueda afectar para tal fin el Estado Provincial.

La Ley 5518 –explicó la directora- dispone que las asociaciones cooperadoras funcionen en un local del establecimiento educativo y “deberán ser prescindentes de toda cuestión política, religiosa o de corte discriminatorio, hacia los miembros de la comunidad educativa”.

Dadas circunstancias especiales, el pago societario de hasta un 30% del total de socios podrá realizarse con servicio, cuya modalidad y forma serán contempladas y acordadas por la Asamblea de la Cooperadora. Además, cada padre tendrá la posibilidad de pagar el monto en un solo pago o en cuotas, señaló.

En cuanto al monto del aporte –precisó Pantaleón- es propuesto por la comisión directiva a la asamblea de socios y son los socios activos, quienes votan su aprobación.

“A través de las cooperadoras escolares se generan espacios de co-creación a favor de la educación estatal pública, laica y gratuita de la que goza la provincia”, concluyó.