El Ministerio de Cultura y Turismo de la Provincia de Jujuy dio a conocer las normativas vigentes en materia de Turismo Estudiantil y Agencias de Viaje, con el fin de generar mayor conciencia de la comunidad respecto de contratar viajes con aquellas empresas que cuenten con licencias habilitantes requeridas por la Ley Nacional de Agentes de Viajes N° 18.829 y el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil de la Ley Nacional 25.599 y su modificatoria 26.208.
Dicha normativa establece que las agencias de viajes turísticas debidamente habilitadas e inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes de la Secretaría de Turismo de la Nación, de conformidad con la Ley 18.829, que brinden servicios a contingentes estudiantiles deberán contar con un “Certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil”.
El documento, además, puntualiza que Turismo Estudiantil es aquel que brinda viajes de estudios o sea “actividades formativas integradas a la propuesta curricular de las escuelas, que son organizadas y supervisadas por las autoridades y docentes del respectivo establecimiento”.
Asimismo, la ley define a los viajes de egresados como aquellas “actividades turísticas realizadas con el objeto de celebrar la finalización de un nivel educativo o carrera, que son organizadas con la participación de los padres o tutores de los alumnos con propósito de recreación y esparcimiento, ajenos a la propuesta curricular de las escuelas y sin perjuicio del cumplimiento del mínimo de días de clase dispuesto en el calendario escolar.
La cartera turística destacó por otro lado que la contratación de una agencia habilitada implica además que los turistas usuarios cuenten con los seguros exigidos por la resolución ST 237/707 de Responsabilidad Civil, de Accidentes Personales y de asistencia al viajero.
Para efectuar viajes educativos –resaltó- deberá contratarse una agencia debidamente habilitada que cuente con el Certificado Nacional de Autorización para operar en Turismo Estudiantil.
Advirtió en ese orden que las empresas de transporte no pueden organizar por sí solas o contratados directamente por los docentes, viajes de estudio o egresados.
Las empresas de viajes que no cuenten con el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil no están autorizadas a ofrecer viajes estudiantiles y/o educativos, por lo cual el Ministerio de Cultura y Turismo recomendó consultar en el Área de Registro y Fiscalización de su dependencia sobre las empresas de viajes habilitadas y los destinos autorizados para tal fin.
La cartera turística recomendó a padres, docentes, alumnos y directivos tener en cuenta la normativa para que los viajes planificados se realicen de manera segura y legal, evitando posibles inconvenientes que perjudicarían principalmente a los alumnos.
Ver nómina de empresas autorizadas para brindar servicios de Turismo Estudiantil.